Ley antifraude – programas de Facturación

Ley Antifraude. Cosas que debes saber antes de adquirir tu programa de facturación.

Ley antifraude, aplicada a todos los Programas de Facturación. Todos los sistemas informáticos deben garantizar la integridad e inalterabilidad de todos sus registros de facturación de forma que, una vez registrados los datos de facturación, éstos queden protegidos contra cualquier acción que comprometa la exactitud, autenticidad y completitud de los datos almacenados, de manera que ninguno de los datos registrados pueda ser alterado

Departamento: Jefatura del Estado
Referencia:  BOE-A-2021-11473
Permalink ELI: https://www.boe.es/eli/es/l/2021/07/09/11

Objetivo de esta Ley.

El objetivo es eliminar la producción y tenencia de programas de doble uso, haciendo que la manipulación de los registros contables y de gestión ya no sea una posibilidad. Por ello, la Ley 11/2021 ha contemplado una nueva regulación que busca frenar el uso de estos programas en particular. El artículo 29, apartado 2, letra j) de la Ley General Tributaria ha sufrido una modificación importante que se centra en la regulación de los software contables.

Establece que los sistemas informáticos o electrónicos que tengan relación con los procesos contables o de gestión empresarial deben ajustarse a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

Modificación de la Ley 11/2021


Ley antifraude – programas de Facturación. La modificación entra en vigor a los tres meses de la entrada en vigor de la Ley 11/2021, el 11 de octubre de 2021. Además, se establece un régimen sancionador específico que se centra en la producción de estos programas o la tenencia de estos sin la certificación correspondiente.

La primera implicación que tiene esta modificación es la obligación de todas las personas físicas y jurídicas de trabajar con software contables que cumplan con los requisitos contemplados en el artículo. Es decir, deben garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

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